viernes, 20 de diciembre de 2013

La última...,antes de Navidad

Un gobierno no puede ni debe gobernar solo para sus votantes, debe gobernar para todo el país y no para halagar a parte del electorado que les ha votado.
Otro atraso más en lo que llaman democracia, a este paso si seguimos por este camino pronto tendremos que irnos de España no solo a buscar trabajo como ya se hacía en los años grises del franquismo sino porque las correas conservadoras que nos imponen nuestros gobernantes nos están empezando a ahogar.
Nada tiene que ver que la crisis nos oprima y sean los trabajadores los que tengamos que renunciar a todos los derechos adquiridos durante más de cincuenta años,  ¿ si antes eramos mileuristas ..., que somos ahora? o parados o casi NADA.
Pobres de nuestros mayores que se dejaron la piel por el camino hasta conseguir una pensión después de una vida llena de trabajo y sacrificios, así se les paga, ahora les subirán 2 euros las pensiones al mes y otro engaño más. Con suerte para las arcas públicas morirán pronto, no porque la gente se muera antes, sino por no poder llegar a fin de mes y volver a tener que con sus miserables pensiones  mantener a sus hijos y nietos que están en el paro.
Que triste que se castigue a la enseñanza pública para beneficio y subvención de la privada, menos profesores, menos carreras, menos oportunidades, más ignorantes... otra vez más RELIGION, con la iglesia hemos topado amigo Sancho.
Presumiamos de tener buena sanidad, universal y pública, pues ya no es universal y la están haciendo privada..., que pena, intereses de unos pocos que no se tienen que preocupar economicamte ya que tienen sus compañías privadas que les atienden a cualquier hora y en habitaciones individuales.
Nueva ley del aborto con la que llevan tiempo amenazándonos, ya está aquí, las más restrictiva, conservadora y rancia de toda la democracia:

10 puntos clave de la NUEVA ley del aborto »

Periodico Elpais.20.12.2013
  • La nueva ley termina con el aborto como derecho
  • El aborto se permitirá solo en dos supuestos
  • Los dos supuestos son: violación y riesgo para la madre
  • El riesgo debe suponer “un menoscabo duradero” de su salud
  • Se elimina el supuesto de malformación fetal
  • La anomalía fetal se admitirá si es “incompatible con la vida”
  • La mujer necesitará el aval de dos médicos ajenos a la clínica
  • Las clínicas no podrán anunciarse
  • Todos los médicos podrán objetar
  • Las menores necesitarán permiso y acompañamiento paterno.


Volvemos al pasado unas irán al matadero y otras de vacaciones a Londres.¿ Quién piensa en las mujeres ? y en sus derechos.
Se me van las ganas de seguir escribiendo, pero no puedo dejar de lado la nueva ley de seguridad.

Según diario Público
El anteproyecto de Ley de Seguridad Ciudadana aprobado este viernes por el Consejo de Ministros establece siete tipo de infracciones muy graves sancionadas con multas de 30.001 a 600.000 euros.
También contempla 31 clases de infracciones graves para las que se establecen multas de 1.001 a 30.000 euros, y 20 infracciones leves sancionables con multas de 100 a 1.000 euros.
Estas son, en resumen, las principales infracciones que contempla la nueva ley, que sustituye a la aprobada en 1992, también conocida como 'ley Corcuera' o 'de la patada en la puerta':
INFRACCIONES MUY GRAVES (multa de 30.001 a 600.000 euros):
-Convocatoria y asistencia a manifestaciones con finalidad coactiva e inobservancia de la legislación electoral desde que haya finalizado la campaña electoral hasta el fin de la votación. Un ejemplo fue lo ocurrido el 13-M tras los atentados del 11-M.
-Perturbación muy grave del orden en actos públicos, deportivos, culturales, espectáculos, oficios religiosos u otras reuniones numerosas.
-Reuniones o manifestaciones no comunicadas o prohibidas en lugares que tengan la consideración de infraestructuras críticas como centrales nucleares o aeropuertos, así como la intrusión en sus recintos, incluyendo su sobrevuelo, y la obstrucción de su funcionamiento.
-Fabricación, comercio y tenencia ilegal de armas y explosivos no catalogados.
-Celebración de espectáculos públicos o actividades recreativas quebrantando la prohibición o suspensión ordenada por la autoridad.
-Deslumbrar con dispositivos tipo láser a conductores de tren, metro o pilotos.
INFRACCIONES GRAVES (Multa de 1.001 a 30.000 euros):
-Concentraciones no comunicadas ante instituciones del Estado como el Congreso, el Senado, los Parlamentos autonómicos o los altos tribunales, aunque no tengan actividad y cuando se perturbe la seguridad ciudadana.
-Perturbación grave del orden en actos públicos, deportivos, culturales, espectáculos, oficios religiosos u otras reuniones numerosas.
-Alterar el orden público encapuchado o con cualquier elemento que dificulte la identificación.
-Desórdenes graves en vía pública o provocar incendios que representen un peligro para las personas o bienes.
-Obstruir a la autoridad en la ejecución de sus decisiones administrativas o judiciales, como en los desahucios.
-Obstaculizar gravemente la actuación de los servicios de emergencia en el desempeño de sus funciones.
-Desobediencia o resistencia a la autoridad o a sus agentes en el ejercicio de sus funciones y la negativa a identificarse.
-Perturbación del orden en campaña electoral.
-Manifestaciones y reuniones sin autorización o que infrinjan la ley de reunión y la negativa a disolver las acordadas por la autoridad. También cuando se produzcan en centrales nucleares, aeropuertos, etc.
-Portar, exhibir o usar armas de modo negligente o temerario o fuera de los lugares habilitados para su uso.
-Ofensas o ultrajes a España, a las comunidades autónomas y entidades locales o a sus instituciones, símbolos, himnos o emblemas, efectuadas por cualquier medio.
-La prostitución y la demanda de sus servicios en las proximidades de zonas infantiles, como parques o colegios, o en lugares donde se ponga en peligro la seguridad vial, como los arcenes.
-Fabricación, comercio y tenencia ilegal de armas reglamentarias, explosivos catalogados y material pirotécnico.
-Obstruir inspecciones y controles reglamentarios en fábricas, locales y establecimientos.
-Justificar el terrorismo, la xenofobia y la violencia contra la mujer, como la exhibición de fotos de terroristas.
-Uso de uniformes policiales o de servicios de emergencia sin autorización.
-Falta de colaboración con la Policía en la averiguación o prevención del delito.
-Actos que atenten contra la indemnidad sexual (libre de padecer daño) de los menores.
-Consumo y tenencia de drogas en lugares públicos y su tolerancia.
-El botellón, cuando perturbe gravemente la tranquilidad ciudadana y no esté autorizado.
-Las "cundas" o taxis de la droga.
-El cultivo de drogas.
-Forzar o inducir a menores al consumo de alcohol o drogas.
-Los daños graves a mobiliario urbano como marquesinas, papeleras o contenedores, así como los actos vandálicos a servicios públicos, además de obstaculizar la vía pública con vehículos, contenedores o neumáticos.
-Escalar como acción de protesta en edificios públicos.
-Mal uso de animales feroces y el maltrato animal.

INFRACCIONES LEVES (100 a 1.000 euros):
-Manifestaciones y reuniones que infrinjan la ley de reunión.
-Exhibición de objetos peligrosos con ánimo intimidatorio.
-Incumplir restricciones de circulación peatonal o itinerario con ocasión de un acto público, reunión o manifestación.
-Amenazar, coaccionar, vejar e injuriar a los agentes de las fuerzas de seguridad cuando estén velando por el mantenimiento del orden público, por ejemplo en manifestaciones u otro tipo de protestas, y la grabación y difusión de sus imágenes que atenten contra el derecho a su honor o su imagen y que puedan poner en peligro su seguridad o la de la intervención policial.
-Amenazas, coacciones, injurias o vejaciones en vías públicas.
-Injurias o calumnias a través de cualquier medio de difusión a las instituciones, autoridades, agentes y empleados públicos, así como su falta de respeto.
-Realizar o incitar actos que atenten contra la libertad sexual.
-Deslumbrar con dispositivos tipo láser a las fuerzas de seguridad.
-La ocupación de cualquier espacio común, público o privado y la colocación de tiendas de campañas o tenderetes sin permiso en la calle.
-Perder tres veces o más el DNI en un plazo de 5 años y la negativa a entregar este documento cuando se acordara su retirada.
-Los daños leves a mobiliario urbano como marquesinas, papeleras o contenedores, así como los actos vandálicos a servicios públicos, por ejemplo, las pintadas y los grafiti.
-Práctica de juegos o deportes en lugares no habilitados cuando haya riesgo para las personas.
-Entorpecer la circulación peatonal.
-Escalar a edificios o monumentos o lanzarse desde ellos.
-Retirar las vallas de la Policía que delimitan perímetros de seguridad.
 
Solo se me ocurre echar a correr hacía la frontera...
 
Que paciencia...